El derecho de todo ciudadano a participar en la dirección de los asuntos públicos, a votar y ser elegido y a tener acceso a la función pública, ha sido establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y esta jurídicamente garantizado y protegido por el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Estos principios, comúnmente conocidos como Derechos de Participación, han sido definidos por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, estableciendo que el derecho a participar en la vida pública se encuentra en el núcleo de un gobierno democrático .
En México, el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) preveen el derecho de paticipación en el desarrollo democrático del país.
Adicionalmente, la Participación Ciudadana en la vida pública implica, a su vez, el ejercicio de otros derechos fundamentales previstos por nuestra Constitución:
A la Igualdad (arts. 1º, 4º, 12 y 13)
Libertad de Expresión [opinión y pensamiento] (arts. 6º y 7º )
A la información (art. 6º)
Petición (art. 8)
Libertad de Asociación (art. 9º)
Seguridad Personal (arts. 15 al 22)
Para mayor abundamiento en este tema sugerimos la lectura de los documentos disponibles en: